Terapia de Choque

Terapia de Choque como Política Pública para la Prevención del Delito en Adolescentes

Por: M. en D. Ángel Rodolfo Uribe González

Consejero Ciudadano de Seguridad Publica del Estado de México

Resumen:

La delincuencia es una situación asocial de la conducta humana y en el fondo una ruptura de la posibilidad normal de la relación interpersonal. El delincuente no nace, el delincuente es un producto del genotipo humano que se ha maleado por una ambientosis familiar y social. Si las condiciones espacio temporales influyen sobre la conducta antisocial, entonces confrontar al extremo las consecuencias de dichas conductas podría insertar al individuo a la vida social.

Abstract:

Crime is an asocial situation of human behavior and deep down a rupture of the normal possibility of the interpersonal relationship. The delinquent is not born, the offender is a product of the human genotype that has been maligned by a family and social ambience. If temporary space conditions influence antisocial behavior, then confronting the extreme consequences of such behaviors could insert the individual into social life.

Terapia de choque como alternativa de prevención del delito en los jóvenes

“El temor agudiza los sentidos. La ansiedad los paraliza”.

-Kurk Goldstein-

La delincuencia juvenil es un problema social importante de magnitudes crecientes. Aunque se han realizado algunos esfuerzos para prevenir y tratar a los jóvenes infractores, las técnicas y procedimientos empleados siguen presentando graves limitaciones, sobre todo en cuestiones de rehabilitación y prevención de la reincidencia. 

Delinquir es una forma de inadaptación social y al producirse esa anomalía se da un desafío a la misma sociedad y a su normativa de convivencia. Los jóvenes son identificados como personas propensas a estas conductas y las causas que los llevan a delinquir son variadas, podríamos mencionar situaciones como pobreza, carencias sociales, falta de oportunidades, estigmatización, discriminación, violencia intrafamiliar e inclusive el actual sistema capitalista donde la misma sociedad ha fomentado un excesivo individualismo y una consideración del individuo como mera unidad de consumo, vendiéndoles ideas de bienestar y alimentando deseos o aspiraciones que les despiertan esperanzas que no pueden satisfacer; Pero esta sociedad ha brindado al individuo, de manera limitada, un tipo de vida en comunidad y ha ofrecido una escasa influencia en las decisiones de un entorno social; estas variantes los convierten en personas propensas a delinquir y a la vez carne de cañón para la delincuencia organizada, siendo susceptibles a cometer delitos de alto impacto como secuestros, homicidios y delitos contra la salud, entre otros.

Algunos jóvenes, en particular los adolescentes, aquejados de inmadurez podrían convertirse en antisociales e incluso en delincuentes, si llegan a una situación de inadaptación acompañados de tomas decisiones basadas en sentimientos, ideas y creencias.

Cabe resaltar que, de acuerdo con la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1999, se considera joven a toda persona cuya edad comprende entre los 12 y los 29 años de edad.

Así mismo, La Organización Mundial de la Salud (OMS), define la adolescencia como la etapa que transcurre entre los 10 y 19 años. Normalmente la dividen en dos fases: adolescencia temprana de 12 a 14 años y adolescencia tardía de 15 a 19 años. Esta etapa, la adolescencia, es la idónea para abordar a los jóvenes conflictivos o propensos a delinquir con la terapia de choque ya que es un momento vital en el que experimentan muchos cambios. Se desarrolla su cuerpo, las emociones son más intensas y cada vez van adquiriendo más responsabilidades (cambios físicos y psicológicos). Sobre todo es el periodo en que dejan de ver a los padres con la idealización con la que lo hacían en la infancia y se concreta como un sujeto que puede desarrollarse sociedad.

Por su parte, el artículo 18 de la Constitución Mexicana, establece una edad de responsabilidad penal que obliga a las legislaturas de las entidades de la República mexicana a seguir a la letra. En este sentido, en México son penalmente responsables los adolescentes que, teniendo 12 años cumplidos y menos de dieciocho años de edad, han cometido una conducta tipificada como delito; y se crea un sistema integral especializado para imputarles la conducta a través de principios, reglas y derechos particularizados, devenidos los anteriores del derecho internacional de los derechos humanos de la niñez transpolados al sistema constitucional mexicano a su vez plasmado en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

De acuerdo con cifras del Instituto Mexicano de la Juventud (IMJUVE 2018), en México hay 37.5 millones de jóvenes entre los 12 y 29 años, los cuales representan el 31.4 % de la población. Entre estos, 6.8 millones tienen entre 12 y 14 años; 10.8 millones entre 15 y 19 años; 10.7 millones entre 20 y 24, y 9.3 millones entre 25 y 29 años.

Así mismo el Coneval (2018) menciona que el 42.9% de los mexicanos entre 15 y 29 años tiene carencias en educación, salud, vivienda y alimentación y sus ingresos no les alcanzan para satisfacer sus necesidades básicas. Es decir, son pobres. En total suman unos 13.3 millones de personas.

En el informe “Violencia, niñez y crimen organizado” la CIDH (2018) señala que alrededor de 30 mil niños y jóvenes en México trabajan para la delincuencia organizada en actividades que van desde la extorsión y el tráfico de personas, hasta la piratería y el narcotráfico.

Para darnos una idea de la importancia de trabajar la prevención del delito sobre los adolescentes, se cuentan con datos del INEGI. En 2018 realizó la primer Encuesta Nacional de Adolecentes en el Sistema Penal Acusatorio (datos de enero a diciembre 2017), donde se enmarcan los siguientes resultados:

  • En 2017 el 82.2% de los adolescentes en el sistema de justicia penal contó con una sentencia: 65% cumplió una medida de sanción no privativa de la libertad; mientras que 17.2% cumplió su sanción en un Centro de Internamiento.
  • De los adolescentes en el sistema justicia penal, 59.4% tenía entre 18 y 22 años, 25.5% tenía entre 16 y 17 años; 95.3% sabía leer y escribir, y 75.9% tenía estudios de educación básica.
  • El 39.3% de los adolescentes en el sistema de justicia penal abandonó su hogar por lo menos una vez en su vida. En promedio, esto sucedió cuando ellos tenían 14 años con 2 meses de edad (el 33.8% se fue a vivir con amigos y el 30% con otros familiares).
  • El 46.7% de las mujeres adolescentes en el sistema de justicia penal en 2017, se había embarazado por lo menos una vez en su vida, y 18.6% había tenido por lo menos un aborto.
  • Actor responsable del adolescente.

Finalmente dentro del documento emitido por el INEGI se presenta la estadística de los delitos por los cuales fueron ingresados al sistema, donde 37.8% de los adolescentes que contó con medida de sanción fue acusada por el delito de robo, mientras que 28.8% se encontraba en proceso de recibir una medida de sanción por este mismo delito.

En este sentido, la incidencia delictiva es un tema de prioridad en los gobiernos. Sin embargo, bajar estos índices será posible si se diseñan políticas de prevención que reconozcan a los jóvenes como las principales víctimas del delito y, también, como sus principales victimarios.

Terapia de Choque

Técnicamente se puede describir como la inducción psicológica controlada a un estado de choque fisiológico; es decir, crear una acción artificial y bajo las mejores condiciones operativas, seguras y controladas de una situación, con el objetivo de mejorar al individuo y crear conciencia para la inhibición de conductas antisociales.

En otras palabras, la terapia de choques intenta producir este estado artificialmente y bajo condiciones controladas, con la premisa de que los estados de choque frecuentemente inducen mejoramiento en el estado mental del paciente una vez que se ha recuperado. Hablamos de un estímulo que debe ser capaz de inducir un cambio en la persona expuesta al mismo.

Al parecer, fueron los antiguos griegos quienes primero experimentaron con las terapias de choque. Se sabe que aplicaban diferentes tipos de terapias a aquellas personas que presentaban un elevado estado de agitación. Hay referencias que nos hablan de que los estados de ansiedad, por ejemplo, se trataban induciendo “ahogos”. De ahí se estableció el cuestionable principio de que una experiencia emocional fuerte es capaz de borrar otra anterior problemática.

En primera instancia tenemos que separar las terapias de choque como las electroconvulsivas o el choque insulínico que son invasivas, en este caso hablamos de una terapia más inofensiva. La utilizan los psicólogos principalmente para tratar las fobias. De lo que se trata en este caso es de exponer al paciente, de forma directa, a sus propios miedos. Se le presiona para que lo haga, pero al mismo tiempo se le acompaña. De este modo, el paciente hace frente cara a cara, de una forma directa, a aquello que le atormenta y que le hace sufrir. En el momento, la persona siente la presión de tener que superar un obstáculo que le preocupa, por el que sufre, siente presión y agobio emocional (entra en shock).

Está claro que cuando una persona se somete a una experiencia que raya en lo traumático, obviamente tiene que cambiar. Sin embargo, una vez que la persona descubre que ha sido capaz de dar un paso hacia delante, también se siente mejor consigo misma, se llenan de bienestar y de gran confianza en sí mismos.

A través de este tipo de situaciones, el joven prospecto toma conciencia de una forma más clara y directa de cuáles son sus miedos, qué obstáculos tiene que superar y qué proceso tiene por delante. La psicología es un área muy rica y extensa; por tanto, cada profesional valora su método de una forma objetiva. Cada paciente es diferente y concreto. De hecho, como explica Víctor Frankl, fundador de la Logoterapia, es un error tratar del mismo modo a dos pacientes, aunque tengan el mismo problema por lo cual es de suma importancia realizar un diagnóstico neuropsicológico y un protocolo de actuación para poder decidir que candidatos son aptos para esta experiencia psicológica.

Terapia de Choque a jóvenes como medida de prevención y disuasión delictiva

En ocasiones conocer la experiencia de otros ayuda a tocar fondo en una situación problemática y, en consecuencia, a modificar ciertas actitudes o conductas.

Muchos llegan a los centros penitenciarios para quedarse y pasar el resto de sus días tras las rejas, pues infringir la ley es ya una costumbre y no saben vivir en libertad, algunos para reencontrarse con sus seres queridos y recobrar el tiempo perdido, y otros sólo vienen a aprender de las experiencias que viven los internos.  

En este sentido, se tiene que dar otro enfoque a los reclusorios y darles una utilidad alterna a la original por la que fueron creadas; por este motivo, el proyecto está enfocado en una intervención orientada hacia la prevención social de la violencia y el delito, que consiste en la organización de visitas controladas y supervisadas de jóvenes en conflicto con la ley a reclusorios para que interactúen con los internos y de esta forma observen la dura realidad de la vida en prisión. Los internos son el mejor ejemplo de lo que no se debe hacer y ellos crearan conciencia a los candidatos.

La terapia es un tratamiento psicológico en coordinación con una terapia de “choque o shock” donde los jóvenes, dentro de un reclusorio, podrán observar  las condiciones de dicho lugar con la finalidad de disuadir de la incidencia o reincidencia a los participantes,  proporcionando observaciones de primera mano sobre la vida en prisión y la interacción con los reclusos adultos de los cuales inclusive, podrán asemejar en ellos mismos conductas de riesgo y de igual forma identifiquen los inicio de una carrera delictiva o de violencia y a dónde los puede llevar y sus consecuencias.

De esta manera, lo que se busca con llevar a jóvenes propensos a delinquir a los reclusorios es impactarlos con las condiciones que viven día a día los reclusos y así, de esta manera, eviten llegar a esos lugares. De esta forma se busca que se concienticen y valoren las únicas responsabilidades que tienen en sus hogares, que es estudiar y algunos quehaceres.

Ciclo de inteligencia para la aplicación del proyecto

El proyecto Terapia de Choque a jóvenes como medida de prevención y disuasión delictiva en el Estado de México, pretende resolver un vacío legal que existe hasta el momento. En México existe una realidad: no existen mecanismos para ayudar a los jóvenes que aún no han caído en situaciones delictivas que les hayan llevado a enfrentar un proceso jurídico, pero cuyas actitudes, hábitos o amistades los tienen al borde del delito. Jóvenes que en su ámbito familiar, escolar o incluso profesional, tienen conflictos continuos y que se han vuelto un problema que ni sus padres, ni sus profesores, ni sus patrones pueden ni quieren resolver.

Aquí es donde este proyecto cobra relevancia. Pretende generar un mecanismo que extraiga a esos jóvenes de dicha conductas destructivas. 

A continuación, explico las características del proyecto.

  • Justificación: Disminución de la incidencia delictiva en jóvenes en conflicto con la ley. El Instituto de Estudios Legislativos del Congreso del Estado de México advirtió en un reporte que el 86% de los delitos que se cometen en la entidad son a manos de jóvenes.) Estos actos son un fenómeno social recurrente y cíclico, considerado como una forma de vida en la que se usa la fuerza para imponerse y dominar comúnmente a mujeres y niños; las consecuencias son la generación de un ambiente que atenta contra la convivencia armónica de la familia e impide el debido desenvolvimiento y desarrollo de sus miembros llevándolos a realizar conductas antisociales. Romper con este ciclo es de suma importancia al momento de tratar temas relacionados a la prevención del delito y la seguridad humana. 
  • Objetivo: sensibilizar a los candidatos a travez de una terapia de choque. Inducir de forma controlada a jóvenes propensos a delinquir y aptos a esta terapia, a circunstancias similares a los internos de un reclusorio donde podrán observar las condiciones de dicho lugar con la finalidad de disuadir de la incidencia o reincidencia a los participantes.
  • Población objetivo: Jóvenes en conflictos escolares, sociales y en el hogar. La edad del crimen comienza entre los 8 y los 14 años, alcanza su cumbre entre los 15 y los 19 y se acaba progresivamente entre los 20 y los 29; detectar al joven propenso a delinquir es fundamental para una adecuada política de seguridad humana.
  • Duración: Variable según el candidato.
  • Periodo de ejecución: el proyecto pretende ejecutarse a partir de septiembre de 2019, una vez que se cuente con la participación interinstitucional necesaria.
  • Estrategia: Los candidatos serán captados a travez de la petición de los padres, por recomendación de los ministerios públicos, preceptorías y demás autoridades involucradas.
  • Líneas de Acción:
  • Encuesta ciudadana para conocer su aceptación.
  • Iniciativa de ley en materia de justicia penal para adolescentes. 
  • Mecanismos de coordinación y mesa de vinculación interinstitucional entre los siguientes actores:
  • Poder Judicial del estado de México (PJEM).
    • Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM)
    • Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM)
    • Secretaría de Seguridad Ciudadana a través de la Dirección General del Sistema Penitenciario (SS)
    • Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado de México (CCSPEM)
    • Secretaria de Salud a través del Instituto Mexiquense contra las adicciones (IMCA)
    • Procuraduría de niños, niñas y adolescentes del Sistema DIF Estado de México
  • Ejecución del programa: dentro de algún CERESO y campaña de difusión (video).
  • Metas, aceptación y formas de medición: Después de ejecutar el proyecto se deberá dar seguimiento, evaluar acciones, desarrollar lineamientos para la mejora continua, organización y funcionamiento, y mantener actualizados los instrumentos técnicos, jurídicos, operativos y de información.
  • Selección de la población objetivo: se utilizará el siguiente instrumento para la selección de los candidatos.
  1. ¿Cuál es el problema de los jóvenes en conflicto con ley que quieren resolver con un programa de prevención terciaria “terapia de choque”? (Responda a través de los siguientes interrogantes).

1.a) ¿Por qué este proyecto y no otro?

1.b) ¿Qué está originando el problema?

1.c) ¿Dónde y cuándo tiene lugar normalmente la delincuencia juvenil?

2) ¿Cuáles son las características socioculturales y económicas del ambiente en el cual se va a desarrollar el programa de educación?

3) ¿Quiénes son las instituciones que impulsan el programa de terapia de choque?

4) ¿Quiénes son los beneficiarios?

5) Realice un análisis en términos de viabilidad técnica, política, económica, organizacional y sociocultural.

6) Construya su árbol de problemas referido a la problemática que quiera resolver con un programa de educación asumiendo que el árbol de problemas es una técnica para:

  • Analizar la situación en relación a un problema 
  • Identificar los problemas principales en este contexto
  • Definir el problema central en la situación
  • Visualizar las relaciones de causa y efecto

Se elaborará el árbol de problemas ejecutando las siguientes acciones:

  • PASO 1: Identificar los principales problemas con respecto a la situación en cuestión. 
  • PASO 2: Formular en pocas palabras el problema central.
  • PASO 3: Anotar las causas del problema central.
  • PASO 4: Anotar los efectos provocados por el problema central.
  • PASO 5: Elaborar un esquema que muestre las relaciones de causa y efecto en forma de un Árbol de Problemas.
  • PASO 6: Revisar el esquema completo y verificar su lógica e integridad

Análisis de problemas. Puntos clave:

  • Un problema no es la ausencia de su solución, sino un estado existente negativo.
  • La importancia de un problema no está determinada por su ubicación en el Árbol de Problemas. 
  • Identificar problemas existentes (no los posibles, ficticios o futuros).
  • Formular el problema como un estado negativo.
  • Resultados: Resultados obtenidos y beneficios.

Marco Legal

Con fundamento en los artículos 84 y 85 de la Ley de seguridad pública del Estado de México algunas de sus atribuciones del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Estado de México son las siguientes:

  • Emitir opiniones y sugerencias en materia de seguridad pública y prevención social de la violencia y el delito.
  • Emitir recomendaciones a instituciones y municipios que omitan cumplir con sus obligaciones en materia de seguridad pública y prevención social de la violencia y el delito. 
  • Proponer políticas públicas, programas, estrategias y acciones vinculadas con la prevención, investigación y combate al delito y en lo general a lo relacionado a la seguridad publica en el Estado y sus Municipios.
  • Informar periódicamente a la sociedad sobre las acciones del consejo ciudadano.
  • Realizar consultas ciudadanas sobre temas relacionados con la seguridad pública y la prevención social de la violencia y el delito.
  • Obtener de las instituciones gubernamentales competentes la información necesaria para el cumplimiento de sus atribuciones, para analizarla, valorarla y emitir la opinión o consideración que corresponda.

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